Objetivo

El objetivo de este artículo es describir el cálculo del ajuste proyectado del impuesto sobre la renta (ISR) en función de los días trabajados en un periodo específico, aplicando las reglas para las distintas periodicidades de pago (semanal, quincenal), con énfasis en el tratamiento del ISR en el último periodo del mes o en casos de trabajo terminado. 


Alcance / Limitaciones: 


  • Alcance: Este cálculo aplica a todos los empleados cuyos ingresos no requieren ajustes en el ISR durante los periodos del mes, siguiendo las normativas fiscales mexicanas.

  • Limitaciones: No aplica para pagos mensuales. No se aplica reintegro de ISR en trabajo terminado.


Definiciones:  


  • ISR: Impuesto sobre la renta, retención aplicable a los ingresos del empleado.

  • Días Proyectados: Días que se asumen serán trabajados en el mes en función de los días efectivos trabajados y los días restantes.

  • Base Gravable: El ingreso sujeto a impuestos, tras deducciones permitidas.

  • Tabla de periodicidad: Tabla de ISR correspondiente al periodo de pago (semanal, quincenal, mensual).

  • Límite inferior: Límite mínimo de ingreso gravable dentro de un rango de la tabla de ISR.

  • Cuota fija: Monto fijo aplicable dentro de un rango de la tabla de ISR.

  • Factor ISR: Porcentaje aplicable sobre el excedente del límite inferior.

  • Provisión base gravable: Monto sobre el cual se calcula el impuesto en el último periodo.

  • Subsidio al Empleo: Beneficio fiscal que reduce el monto de ISR en ciertos casos.

  • Reintegro de ISR: Devolución de ISR cuando se aplica más del ISR mensual.

  • Trabajo Terminado: Cuando se finaliza una relación laboral, y el cálculo de ISR incluye el ajuste mensual necesario.

  • Exención de Impuestos: Situación en la que un empleado queda exento del pago de ISR.

Sustento Legal y Aplicaciones: 

El cálculo de ISR sin ajuste está sustentado en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y las tablas de retenciones publicadas por el SAT para el ejercicio fiscal 2024. La aplicación se enfoca en la tabla correspondiente al periodo (semanal, quincenal), que establece los límites inferiores, porcentajes y cuotas fijas para determinar el ISR aplicable con base en la siguiente fórmula:


Impuesto mensual proyectado = (Base Gravable proyectada -Límite Inferior)*Factor+Cuota Fija


Mientras que en el último periodo, se realiza un ajuste mensual para ajustar al impuesto obtenido según el ajuste mensual.

Casos en el Cálculo del ISR con Ajuste básico:

Para el cálculo de ISR con ajuste básico en BUK, se pueden presentar tres casos:

  1. Exención por Sueldo Mínimo

El monto del Sueldo Diario tiene que ser menor al sueldo mínimo y los únicos ingresos del empleado en el mes, son por concepto de sueldo.

  1. Se realiza un ajuste mensual del ISR en el último periodo del mes o al finalizar la relación laboral 

En el último periodo del mes o cuando se termina la relación laboral, se realiza un ajuste mensual del ISR en el último recibo de nómina para asegurar que el cálculo sea correcto. 

  1. Se realiza el pago según la fórmula de cálculo proyectado

En los periodos anteriores al último del mes (primera quincena, o hasta la 3° o 4° semana), el ISR se paga utilizando una fórmula para proyectar el cálculo de ISR.

Proceso en Plataforma para el Cálculo proyectado:

  • Se calcula la base gravable diaria dividiendo los ingresos obtenidos en el mes periodo entre los días trabajados en el mes.

 Base gravable diaria = Base gravable mensual / Días trabajados en el mes

  • La base gravable diaria se multiplica por los días proyectados a trabajar en el mes para obtener la base gravable proyectada.

 Base gravable proyectada = Base gravable diaria * Días trabajados en el periodo

  • Con la base gravable proyectada, se calcula el ISR mensual proyectado aplicando la tabla mensual.

  • Se realiza una proporción considerando los días trabajados en el periodo y los días proyectados a trabajar. 

 Impuesto determinado = ISR mensual proyectado* Días trabajados periodo / Días proyectados a trabajar


Para revisar el cálculo de ISR con ajuste proyectado en BUK, sigue estos pasos:

  • Acceder al detalle de aportes y otros dentro del perfil del empleado.

  • Verificar los siguientes ítems:

    • Impuesto ISR Mensual Proyectado: El impuesto proyectado del mes.

    • Impuesto Determinado: El impuesto por periodo sin considerar el subsidio.

    • Subsidio al Empleo: El monto de subsidio aplicado, si corresponde.

    • Monto ISR Nómina: El valor final del ISR tras descontar el subsidio.

Proceso en Plataforma para el Caso de Ajuste en el último periodo del mes o Trabajo Terminado

En el caso de un recibo de nómina de trabajo terminado (aplicable únicamente en el último periodo del mes, nunca en la primera semana o primera quincena), se realiza un ajuste mensual del ISR. En este caso se utiliza la tabla mensual para calcular el ISR mensual siguiendo la misma fórmula:


Impuesto mensual = (Provisión Base Gravable -Límite Inferior)*Factor+Cuota Fija


Y para obtener el impuesto determinado, se realiza la diferencia entre el impuesto mensual, el acumulado de impuesto determinado que se tiene en el mes:


Impuesto determinado = Impuesto mensual - Acumulado de impuesto determinado en el mes


Además, en el caso del último periodo del mes, se realiza un reintegro de ISR cuando el acumulado de impuesto determinado del mes es mayor al Impuesto Mensual. No se aplican reintegros en el caso del trabajo terminado. Se puede determinar el reintegro con la siguiente fórmula: 


Reintegro ISR = Acumulado de impuesto determinado en el mes- Impuesto mensual


Para revisar el cálculo de ISR con trabajo terminado en BUK, sigue estos pasos:

  • Acceder al detalle de aportes y otros dentro del perfil del empleado.

  • Verificar los siguientes ítems:

    • Provisión Base Gravable: La base gravable acumulada del mes.

    • Impuesto Mensual: El impuesto total a cobrar en el mes.

    • Rango TablaLímite InferiorFactor ISR y Cuota Fija ISR: Detalles de la tabla de ISR que se aplican en el cálculo.

    • Impuesto Determinado: El impuesto por periodo sin considerar el subsidio.

    • Subsidio al Empleo: El monto de subsidio aplicado, si corresponde.

    • Monto ISR Nómina: El valor final del ISR tras descontar el subsidio.

    • Reintegro de ISR pagado en exceso: Monto de ISR a reintegrar.

Módulos Requeridos:


  • Base: Gestión de personas
  • Módulos:  Remuneraciones


Fuentes de Información: 

  • SAT: Tablas y lineamientos para el cálculo de ISR.
  • Código Fiscal de la Federación y Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Palabras Claves: ISR, ajuste mensual, días trabajados, base gravable, subsidio al empleo, tablas ISR SAT.


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